La cooperación para el fortalecimiento de las capacidades de asilo ha sido una temática de trabajo constante en sus reuniones.

El Proceso de Quito es el espacio de trabajo técnico regional que nació en 2018 por iniciativa de Ecuador, con el apoyo de ACNUR y OIM, así como con la participación de otros diez países, para desarrollar respuestas coordinadas a los retos institucionales generados en América Latina y el Caribe por los flujos de refugiados y migrantes provenientes de Venezuela.

En julio de 2019, en el marco de la IV Reunión Técnica Internacional sobre Movilidad Humana de Nacionales Venezolanos”, se aprobó el perfil de proyecto “Fortalecimiento de los Sistemas Nacionales de Determinación de la Condición de Refugiado” como parte de la “Hoja de Ruta del Capítulo de Buenos Aires”. El propósito fue brindar algunos grandes lineamientos para la elaboración de proyectos nacionales de fortalecimiento institucional de las CONAREs.

En noviembre de 2019, en la “Declaración Conjunta de la V Reunión Técnica Internacional sobre Movilidad Humana de Ciudadanos Venezolanos en la Región”, los Estados hicieron un llamamiento para que cada Estado según sus capacidades y legislación interna, acoja e implemente las recomendaciones acordadas en Buenos Aires. En septiembre de 2020, los Estados adoptaron la Declaración conjunta de la VI Reunión Técnica internacional sobre movilidad humana de ciudadanos venezolanos en la región, Capítulo de Santiago, en la que acuerdan: “k. Favorecer la continuidad del diálogo entre las comisiones nacionales para los refugiados (CONARE) de los Estados Miembros del Proceso de Quito, en el que se contemple el intercambio de buenas prácticas y de procedimientos para la determinación de la condición de refugiado, así como de iniciativas y programas nacionales y regionales, incluyendo la cooperación con organismos internacionales especializados;”.

Acceda aquí a todas las declaraciones de los capítulos del Proceso de Quito:

Declaración Capítulo I

Declaración Capítulo II

Declaración Capítulo III

Declaración Capítulo IV

Declaración Capítulo V

Declaración Capítulo VI

Declaración Capítulo VII

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