Frente a la pandemia, las autoridades uruguayas habilitaron canales para la formalización remota de las solicitudes
Fechas de implementación: marzo 2020- actualidad
Descripción general:
La Ley sobre Refugio Nº 18.076 creó la Comisión de Refugiados (CORE), el organismo estatal encargado de determinar la condición de refugiado en Uruguay. La Secretaría Permanente de la CORE es el organismo que se encarga de recibir y analizar las solicitudes de asilo en el país.
Al inicio de la pandemia, las oficinas de la Dirección Nacional de Migración, de la Secretaría permanente de la CORE en el Ministerio de Relaciones Exteriores así como las del Servicio Ecuménico para la Dignidad Humana – SEDHU – cerraron sus puertas al público.
Para garantizar que las personas pudieran continuar accediendo al procedimiento de determinación de la condición de persona refugiada, las autoridades establecieron la posibilidad de solicitar asilo mediante correo electrónico a: secretaria.core@mrree.gub.uy / elegibilidad@sedhu.uy Solo aquello/as solicitantes que físicamente están en Uruguay, y no hubieren tenido un rechazo en frontera, pueden hacerlo por esta vía. Por el contrario, quienes aún no se encuentren en territorio uruguayo, pueden presentar su solicitud en frontera, teniendo en cuenta que, por medio del Decreto N° 104/020, en marzo de 2020, el Estado estableció la excepción a la prohibición de ingreso al territorio ante casos con manifiestas necesidades de protección internacional.
En cuanto al procedimiento de solicitudes a distancia de personas que ya están en territorio uruguayo, una vez que la Comisión de Refugiados (CORE) recibe el correo, responde enviando a la persona solicitante un formulario a completar. En respuesta, las personas deben enviar por la misma vía el formulario de inicio de la solicitud completo junto con la documentación de identidad del país de origen y el sello de ingreso a Uruguay si lo tuviese.
Una vez recibida la solicitud, se confirma la recepción vía correo electrónico y la persona recibe una constancia que acreditará el inicio de tu trámite. Con dicha constancia, debe contactarse telefónicamente con la Dirección Nacional de Migración (DNM) para tramitar el “certificado de llegada”. Este certificado comprueba la categoría migratoria en el país de personas extranjeras y certifica los movimientos migratorios (entradas y salidas del país). El día agendado con DNM el solicitante debe enviar por correo electrónica una foto del pasaporte y certificado de vacunación, requisito establecido por el Ministerio de Salud Pública. Si la persona trae consigo el certificado emitido en su país de origen, es validado ante cualquier vacunatorio del país, donde confirman que cumpla con el esquema de vacunación uruguayo. En caso en que no cuente con todas las vacunas o no posea el certificado, accede a vacunación en Uruguay y obtiene el correspondiente certificado.
La DNM envía el certificado de llegada a la Dirección Nacional de Identificación Civil. Una vez realizado este paso, la persona debe concurrir personalmente (con cita previa) a tramitar su cédula de identidad provisoria como solicitante. La cédula permite acreditar la condición de solicitante y la permanencia regular en el país, trabajar formalmente en Uruguay de acuerdo con las normas nacionales vigentes y acceder a todos los servicios públicos de salud y educación. La cédula de identidad provisoria será válida hasta que haya una resolución definitiva sobre la solicitud.
Actividades:
- Se dio a conocer el nuevo procedimiento a través de la página web de SEDHU, de Help Uruguay y desde MCO-Argentina.
Resultados / Impacto:
- Durante 2020, la CORE registró 2947 solicitudes. De ellas, 250 fueron registradas vía correo electrónico.
Desafíos en la implementación:
- Dificultades para verificar que la persona se encuentra en territorio.
- Dado el contexto de atención remota, se presentaron demoras en la emisión de cédulas por parte de Dirección Nacional de Identificación Civil.
Socio(s):
CORE / SEDHU
Lecciones aprendidas:
- La medida fue adoptada como una respuesta de protección ante la emergencia que supuso la pandemia, acelerando el procedimiento de solicitud de registro y solicitud de protección, a la vez que cumple con las medidas sanitarias.
Impacto de la pandemia COVID en la implementación:
- La pandemia precisamente forzó esta medida como estrategia de adaptabilidad del sistema de asilo para continuar cumpliendo sus funciones de protección.
Utilización del mecanismo del Grupo de Apoyo a la Capacidad de Asilo:
No.
Información adicional: